Demanda, Negligencias Médicas

Negligencia Médica: La Demanda

La Ley N° 19.966 obliga las partes concurrentes por un reclamo por negligencia médica a un proceso de Mediación ante la Superintendencia de Salud (prestación de salud privada) o ante el Consejo de Defensa del Estado (prestación pública). Cuando la negligencia médica no es reconocida por el prestador de salud público o privado y, por ende, no está dispuesto a ofrecer retribución, o cuando la retribución ofrecida no contente a la parte demandante (el paciente que sufrió la negligencia), ésta tiene el derecho de presentar una demanda judicial ante un Tribunal de Justicia, único organismo que puede determinar que hubo negligencia en un acto médico.

Apelación, Licencias Médicas, Resolución

La Licencia Médica y qué hacer si la ISAPRE o FONASA la rechaza

La licencia médica es ahora, a partir del 1 de enero de 2021, un certificado electrónico que extiende un médico cirujano, un cirujano dentista o una matrona, ante un embarazo o parto normal, mediante el cual se informa que un trabajador se encuentra incapacitado temporalmente para trabajar, prescribiendo reposo total o parcial, por un lapso de tiempo determinado (con fecha de inicio y fecha de término). Debe presentarse al empleador inmediatamente emitida. Luego el empleador tiene que tramitarlo ante la ISAPRE.

Mediación, Negligencias Médicas

Negligencia Médica: La Mediación

La medicina es la más humana de las ciencias y la más científica de las artes. Este aforismo retrata a la medicina como una de las más nobles actividades humanas; sin embargo, el médico practica una profesión riesgosa. Cada paciente con su enfermedad es una potencial fuente de errores en todos los pasos de la relación médico-paciente y es alta la probabilidad que algunos de esos errores sea de magnitud tal que provoque un daño al enfermo. A veces el daño puede ser irreparable, llegando en su grado extremo a causar la muerte del enfermo.

Negligencia Médica: La Demanda

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La Ley N° 19.966 obliga las partes concurrentes por un reclamo por negligencia médica a un proceso de Mediación ante la Superintendencia de Salud (prestación de salud privada) o ante el Consejo de Defensa del Estado (prestación pública). Cuando la negligencia médica no es reconocida por el prestador de salud público o privado y, por ende, no está dispuesto a ofrecer retribución, o cuando la retribución ofrecida no contente a la parte demandante (el paciente que sufrió la negligencia), ésta tiene el derecho de presentar una demanda judicial ante un Tribunal de Justicia, único organismo que puede determinar que hubo negligencia en un acto médico.

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Negligencia Médica: La Mediación

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